Mañueco abre el interior del ocio nocturno hasta las 2 de la madrugada y amplía aforos
El presidente de la Junta de Castilla y León ha dado el visto bueno para relajar las medidas en el ocio nocturno y la hostelería. Te lo contamos todo en HosteleríaSalamanca
En la rueda de prensa posterior al Consejo de Gobierno, el vicepresidente, Francisco Igea, ha anunciado que el presidente de la Junta de Castilla y León, Alfonso Fernández Mañueco, ha aprobado como máximo representante de la Administración regional abrir el interior del ocio nocturno hasta las dos de la madrugada y ampliar los aforos.
De esta manera, se va a permitir en el nivel 2 la apertura del interior del ocio nocturno con un tercio de los aforos hasta las 2 de la madrugada, no pudiéndose admitir nuevos clientes después de la 1. El consumo deberá realizarse de acuerdo al conjunto general, por lo que queda prohibido el consumo en barra, y el máximo de personas por mesas o agrupación de meses será de 10.
El cierre de la hostelería para homogeneizar, se amplía también hasta las 2 de la madrugada no pudiéndose admitir nuevos clientes a partir de la 1.
Además, se va a permitir aumentar el aforo del 50 al 75% en centros comerciales.
Modificación del Acuerdo 46/2021
La Junta de Castilla y León ha aprobado esta mañana la modificación del Acuerdo 46/2021, de 6 de mayo, por el que se actualizan los niveles de alerta sanitaria y el plan de medidas de prevención y control para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID en la Comunidad de Castilla y León.
La Consejería de Sanidad, en su condición de Autoridad sanitaria autonómica, ha informado al Consejo de Gobierno de estos cambios tras las propuestas de las distintas consejerías competentes, de manera que, tras su autorización hoy, las nuevas medidas entrarán en vigor a la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.
Los cambios en la normativa sectorial específica compendiada en el Acuerdo 46/2021 se refieren, principalmente, a la apertura del ocio nocturno y la ampliación de horarios hosteleros y a nuevos aforos, según los distintos niveles de alerta, en establecimientos comerciales minoristas y de servicios profesionales, en mercados que desarrollan su actividad al aire libre y en ocupación de establecimientos turísticos no hoteleros, entre otros sectores.
En el ámbito normativo referido a discotecas y resto de establecimientos de ocio nocturno, en el nivel 1 de alerta pandémica, las discotecas y salas de fiestas, para consumo interior, podrán estar abiertas siempre que no se supere el 50 % del aforo, mientras que para el resto de establecimientos a los que se refieren el apartado B.5 del Anexo de la Ley 7/2006, de 2 de octubre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad de Castilla y León (pubs, karaokes, bares especiales y otros), se mantiene al 75 % de su aforo. El consumo dentro de los locales enunciados, así como en sus terrazas al aire libre, deberá realizarse siempre de acuerdo con las medidas para los establecimientos de hostelería, restauración y sociedades gastronómicas en vigor.
Para este mismo sector, pero en lo referido al nivel 2 de alerta sanitaria, el aforo máximo de discotecas y salas de fiestas queda en un tercio para el consumo en interiores; para el resto de establecimientos en los que se desarrollen actividades de ocio y entretenimiento a los que se refiere la mencionada Ley 7/2006, no se podrá superar el 75 % del aforo en mesas en las salas de hasta 40 clientes y del 50 % en salas de más de esa cifra de usuarios, con una ocupación máxima por mesa o agrupación de mesas de diez personas. También el consumo aquí, tanto en interior como exterior ha de adaptarse a la normativa vigente para el sector hostelero, de restauración y sociedades gastronómicas (no se permite el consumo ni de pie ni en barra).
Por último en lo tocante con el ocio nocturno, el horario máximo de cierre a partir de la entrada en vigor de estos cambios será las dos de la madrugada, no pudiéndose admitir nuevos clientes desde una hora antes, a la una.
Con el fin de homogeneizar los horarios vigentes tras la apertura del ocio nocturno, se amplía, para el sector de establecimientos de hostelería y restauración y sociedades gastronómicas y en el nivel 2 de alerta sanitaria, su apertura hasta las dos de la madrugada, no pudiendo, no obstante, admitirse nuevos clientes desde la una de la madrugada.
Ese mismo régimen de cierre, las dos de la madrugada con limitación de admisión de clientes desde una hora antes, se indica para las atracciones de feria en el nivel 2 pandémico, situación coincidente a partir de la entrada en vigor de los cambios en el Acuerdo 46/2021 para el sector de establecimientos y locales de juego y apuestas, en el que se determinan los siguientes aforos:
- Nivel 1 de alerta sanitaria: aforo del 75% y ocupación máxima de veinticinco personas por mesa o agrupación de mesas.
- Nivel 2 de alerta sanitaria: aforo máximo del 50 % y ocupación máxima de diez personas por mesa o agrupación de mesas.